Home » Actualidad, Nacionales, Portada » Contrataciones Públicas investiga contrato para recogida de basura suscrito por el Ayuntamiento de La Romana con empresa Urbaluz
ELALBANOTICIAS.COM, SANTO DOMINGO. -La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó este miércoles que investiga el contrato suscrito por el Ayuntamiento Municipal de La Romana con la empresa Urbaluz S.R.L., para la recogida de desechos sólidos, por alegado incumplimiento de la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones Públicas, al incurrir en una contratación directa en vez de convocar a un proceso competitivo.
El órgano rector destacó que, en el escrito de defensa
presentado por el propio cabildo, a raíz de la solicitud de investigación
interpuesta por el señor Elpidio Tolentino Garrido, admite que “no se acogió a
lo establecido a estas normas legales up-supra mencionadas por la urgencia y
necesidad que presentaba la municipalidad”.
En una comunicación firmada por el titular de la
institución, Carlos Pimentel, dirigida al alcalde Juan Antonio Adames Batista,
la DGCP destaca que, si bien los gobiernos locales gozan de autonomía
municipal, esto no implica que puedan actuar al margen de la Ley de Compras y
Contrataciones Públicas. Reiteró que el artículo 36 numeral 6 de la referida
normativa otorga al órgano rector la facultad de verificar que los procesos de
contrataciones se realicen con apego a la Ley.
Resalta que el artículo 2 de la normativa, cuando
explica el Sistema de Contrataciones Públicas y su Ámbito, expresa que los
ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional están sujetos a las
regulaciones previstas en esta Ley y sus reglamentos.
Adicionalmente, el artículo 60 numeral 10 de la Ley
176-07 que regula a los municipios, instruye a los alcaldes para que los
contratos, escrituras, documentos y pólizas sean suscritos de conformidad con
la Ley 340-06.
En tal sentido, la DGCP afirmó que el Ayuntamiento se
encuentra en la obligación legal de rescindir, conforme al debido proceso de
ley, la ejecución del contrato número 21/2020, suscrito con Urbaluz, S.R. L. el
pasado 30 de mayo de 2020.
“Recordamos que, de verificarse que dicha contratación
fue realizada en violación del artículo 5 de la Ley 340-06 y sus
modificaciones, según lo esbozado por el denunciante, los funcionarios y
servidores públicos que participaron en la ejecución de dichas actuaciones se
considerarán responsables por los daños causados al patrimonio público, y por
ende, pueden ser pasibles de las sanciones por actuaciones al margen de la Ley,
sin perjuicio de las sanciones penales o civiles de las que pueden ser objeto,
conforme a lo establecido en los artículos 12 y 65, párrafo II, de la referida
Ley”, aseguró Pimentel en la comunicación.
La institución aprovechó para recordar que en el año
2016 anuló mediante la Resolución 35/2016 la convocatoria a un procedimiento de
contratación para la recogida de basura, así como la contratación directa para
“eficientizar el cobro de publicidad visual en el municipio de La Romana” en el
año 2018 y le recomendó acogerse a los procesos de contratación previstos en la
Ley 340-06.
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